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El
Tribunal Supremo de España sentenció como incompatible al
Tratado de 1870 firmado entre este país y la República
Oriental del Uruguay con la actual legislación española
sobre inmigración.
No
se ha tenido presente que un Tratado no se modifica de
acuerdo con los intereses del momento y el Tratado de
Reconocimiento, Paz y Amistad al que se acogieron los
españoles que emigraron a Uruguay, no tendrá validez para
los uruguayos que emigran a España.
No
es una buena noticia para los diez mil uruguayos
indocumentados que viven actualmente en este país ni para
quienes pretendan llegar en el futuro.
Grupos parlamentarios de los dos países han intentado
encaminar hacia negociaciones los diferentes criterios
existentes por parte de las dos Administraciones pero,
mientras desde la uruguaya se confiaba en el peso de
muchas sentencias de Tribunales Superiores favorables a la
vigencia plena del Tratado, desde la española se mantuvo
la intransigencia inicial esperando una resolución que
algunas personas, conociendo la política interna del país,
ya habían previsto (Rómulo Correa
– Hablando
con el Tá -
El Tribunal Supremo español resolvió que los uruguayos no
tendrán privilegios y que quedarán sujetos a la Ley de
Extranjería, como el resto de los inmigrantes. El dictamen
estableció que los uruguayos no quedan equiparados con los
ciudadanos de la Unión Europea en cuanto al régimen
jurídico que regula los derechos de residencia y trabajo
en España.
Al respecto de esta resolución el Diputado del Partido
Nacional Jaime Mario Trobo declaró a Informe Uruguay:
“La
decisión del Tribunal Supremo Español sobre el Tratado de
1870 no es definitiva, admite un recurso de Amparo ante el
Tribunal Constitucional, pero debe elaborarse al mas alto
nivel jurídico y para ello el Gobierno si es responsable
debe hacer todos los esfuerzos.”
“El
Gobierno Uruguayo tiene que tomar la cuestión de la
vigencia del Tratado de 1870 con España con seriedad,
tanta como puso en la instancia de La Haya en la cuestión
de las plantas de celulosa.
Allí dispuso equipos jurídicos especiales, contrató
abogados extranjeros y “ puso toda la carne arriba del
asador”, ello tiene que hacerlo también en el diferendo
que mantenemos con España respecto de la vigencia de las
facilidades migratorias del Tratado de 1870.”
“La
Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de días pasados
es una contrariedad que resulta sin que el Gobierno haya
hecho nada, absolutamente nada para respaldar
jurídicamente la posición de Uruguay. Ahora no puede
lamentarse como lo hace Gargano diciendo que no hay nada
para hacer en esta vía judicial.”
“Profesores Españoles de Derecho Constitucional que
visitaron Montevideo la semana pasada*1
en ocasión de un seminario organizado en ALADI expresaron
que la sentencia del Tribunal Supremo sobre Uruguay de los
últimos días “es muy pobre e inconsistente en sus
argumentos”. En ese asunto puede y debe presentarse un
Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional Español,
pero como ello debe realizarlo el compatriota sobre cuyo
expediente recayó la resolución, hay que darle todo el
respaldo y apoyo jurídico para que lo realice y tenga
éxito.
“El
Gobierno, la Cancillería no pueden dejar de hacer todos
los esfuerzos y disponer los recursos que sean necesarios
para que este tema tenga una solución favorable a nuestros
intereses, y no perder la oportunidad como ocurrió dejando
transcurrir el tiempo sin presentar alegato alguno, ni
disponer asistencia jurídica especializada al recurso que
se tramitaba en el Supremo Español.”
“Lo
del Tratado de 1870 tiene que ser encarado con la misma
seriedad que lo de La Haya, no es un tema menor, tiene que
ver con el respeto a nuestras buenas relaciones con
España.”
“Mientras tanto debe trabajar con mayor seriedad y
consistencia en el reclamo por la vía política.”
Almería, en el sur del norte, 3 de noviembre 2006
*1
Declaraciones del 28 de octubre 2006 |