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El 8 de marzo es el Día Internacional de la Mujer.
Algunos colectivos lo conmemoran como el Día
Internacional de la Mujer Trabajadora ¡como si
hubiera alguna mujer que no trabaja!
Hay muchas mujeres que no integran las estadísticas.
Ni las de empleos, ni las de salud, ni las de
educación, ni las de electoras; pero cuando se habla
de trabajo no es necesario que se realicen
estadísticas.
Millones de mujeres trabajan de sol a sol sin otro
derecho que el de saber que siguen costumbres
ancestrales. |
Otros muchos millones realizan tareas que ni siquiera
ellas saben que son trabajo, cuidando de sus hijos,
atendiendo de sus familias, en acciones cotidianas.
También están las que se consideran trabajadoras porque
tienen un empleo y se extrañarían si alguien les dijera
que también es trabajo, lo que hacen antes de salir y
después de regresar a sus hogares.
El
8 de marzo es un día que
se conmemoró en muchos países y al que en algunos sitios
se le consideró una celebración.
(ver en esta
columna el artículo: DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER II -
¿PORQUÉ EL 8 DE MARZO?)
Parece una ironía que se celebre, el que sea necesario
conmemorar un día para reivindicar derechos.
En
España las mujeres ocupan la tercera parte de los cargos
empresariales y políticos, el gobierno ha iniciado una
serie de campañas tendentes a la igualdad de
oportunidades; en Uruguay, país que tuvo una temprana
legislación de protección a la mujer; donde la Ley de
Divorcio por propia voluntad de la mujer se aprobó en 1913
y en 1946 se aprobó la Ley de Derechos Civiles de la
Mujer; ley que, desde tres décadas antes que en otros
países del continente, establece en su artículo primero
que ‘El hombre y la mujer tienen la misma capacidad
civil’; ostenta en la actualidad un muy bajo porcentaje de
representantes femeninas en puestos de mando. Apenas tres
mujeres ocupan carteras ministeriales, pocas aunque una
sea tan importante como la de Defensa Nacional.
Sin
embargo, y a pesar de todas las conquistas, estos dos
países tienen un alto índice de violencia de género.
Actos que no difieren en número con los que señalan las
estadísticas en el resto de los países europeos y algo por
debajo de los que figuran en otros países americanos.
Muchas lacras opacan los logros alcanzados pero la
violencia de género o asesinatos domésticos están entre
las más aberrantes y no hay país por más ‘civilizado’ que
se autodenomine, que esté exento.
¿Podemos entonces rasgarnos las vestiduras porque las
mujeres de Arabia Saudí no tienen permitido votar y a las
de Camerún el marido debe darles permiso para poder
trabajar?
Pocas cosas deberían parecer extrañas en un mundo donde
más de treinta países tienen leyes discriminatorias contra
las mujeres.
En
Guatemala un violador será exculpado si se casa con su
víctima; las mujeres nigerianas deben soportar sin chistar
los castigos si el esposo considera que deben ser
regañadas y en Israel es sólo el hombre quién puede
decidir el fin de un matrimonio religioso.
Los países que discriminan a la mujer forman parte de la
Organización de Naciones Unidas, en cuyo seno se aprobó
la
Convención
sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer; países como
Marruecos donde siguen justificándose los crímenes por
honor.
Amnistía Internacional publicó un informe que con el
título, La discriminación, raíz de la violencia. ¡No a
las leyes discriminatorias! denuncia a países como
Sudán por permitir los matrimonios forzados; a Chile dónde
el marido es el titular de la custodia conjunta de bienes;
a la India en el que no es considerado delito la violación
en el matrimonio y a Bolivia dónde a la mujer al igual que
a los menores le está vedado trabajar de noche salvo en
servicio doméstico, enfermería y poco más.
Argelia adoptó en 1984 un Código de Familia que acepta la
poligamia y exige obediencia a las mujeres; leyes
relativas a este tópico existen también en Yemen, Sudan y
Japón.
La
discriminación por sexo no es ajena a la legislación de
Nepal donde la mujer pierde su herencia cuando contrae
matrimonio, ni a la de Pakistán, país en el que el
testimonio de una mujer como prueba en un juicio por
violación tiene la mitad de valor que el de un hombre y
ella, para demostrar la violación necesita al menos de
cuatro testigos presenciales del acto de penetración.
En
India, Malasia y Tonga no se castiga la violación en le
matrimonio; en Afganistán el adulterio femenino sí se
castiga y con hasta 10 años de cárcel e incluso se puede
llegar a la lapidación, pena con la que puede castigarse
también el adulterio de la mujer en Nigeria.
Amnistía Internacional denuncia que muchos países en el
momento de ratificar esta Convención han establecido
declaraciones o reservas que excluyen o restringen la
aplicación en su territorio, lo que está claramente
contraviniendo el compromiso establecido en el artículo
28 (ap.2).
Los
países que han ratificado la Convención con reservas son:
Argelia (reservas para los arts. 2, 9.2, 15.4 y 16. Arabia
Saudí, reservas general a toda la Convención. Bahréin,
reservas a los artss 2 y 16. Bangladesh, a los arts.s 2 y
26.1.c. Egipto, reservas a los arts. 2 y 16. Libia, a los
arts. 2 y 16 (c y d) y Marruecos, reservas a los arts. 2,
15.4 y 9.2.
De los
que firmaron el Tratado (Estados Parte),
solamente los Estados Unidos de América no lo han
ratificado.
Otros estados como Qatar, Somalia y Sudán ni siquiera
aceptaron firmarlo.
El 8 de marzo del 2007 ¿Habrá cambiado algo?
Desde Almería, el sur del norte, marzo 8 de 2006. |