Desde Almería, España

 
Graciela Vera  (Periodista Independiente)  Biografía

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"Historia de un tratado"

En realidad son dos Tratados de similar importancia y que se complementan perfectamente. Podríamos decir que con el de 1992 se actualizan conceptos. 

TRATADO DE PAZ Y AMISTAD ENTRE ESPAÑA Y URUGUAY 

Se firmó en 1870. Uruguay acababa de sacudirse las cadenas del colonialismo.

El Tratado en su artículo VIII establece:

“Los ciudadanos de la República en España, y los súbditos Españoles en la República Oriental del Uruguay, podrán ejercer libremente sus oficios y profesiones, poseer, comprar y vender por mayor y menor toda especie de bienes y propiedades, muebles e inmuebles, extraer del País sus valores íntegramente, disponer de ellos en vida o por muerte, y suceder en los mismos por testamento o al intestato, todo con arreglo a las leyes del país, en los mismos término y bajo de iguales condiciones y adeudos que usan o usaren los de la Nación más favorecida. Ver Tratado 1870   *1  

TRATADO GENERAL DE PAZ Y AMISTAD ENTRE ESPAÑA Y URUGUAY 

Fue firmado por los presidentes Felipe González por España y Luis Alberto Lacalle por Uruguay en el año 1992. Ver Tratado 1992    *1

En ninguno de sus artículos rectifica ni anula el Tratado de 1870.

Interesan cada una de las situaciones acordadas entre los países, y especialmente en el Artículo 11, donde se establece entre otros términos el “establecimiento de un eficaz sistema de equivalencias de estudios, con vistas al reconocimiento de títulos y diplomas académicos obtenidos en ambos países” 

Para alcanzar ésto que hoy daría seguridad a muchos uruguayos, el Artículo 12 establece: “Para asegurar la concreción de estas líneas prioritarias o de otras que puedan determinarse en el futuro se celebrarán las reuniones de expertos que sean necesarias en el marco de la Comisión Técnica y Científico-Tecnológica.  

Esta Comisión nunca ha llegado a conformarse y han pasado por la Administración uruguaya, considero que en estos momentos la más interesada en validar plenamente el acuerdo, gobiernos de las tres fuerzas políticas del país: Partido Nacional (bajo cuya tutela fue firmado), Partido Colorado y Partido Encuentro Progresista-Frente Amplio; ninguno ha propuesto su conformación. 

La historia señala dos grandes periodos migratorios establecidos por la coyuntura económica de los continentes.

 En el del siglo XX los españoles emigraron hacia América y Uruguay fue uno de los países elegidos. En la migración de finales del siglo pasado y durante lo que va de éste, han sido los americanos, entre ellos los uruguayos, los que han emigrado hacia España.  

España recibió a los inmigrantes sin trabas hasta hace poco más de una década cuando comenzaron las trabas. 

Muchos uruguayos, llegados a España se vieron impedidos de poder trabajar e incluso vivir en forma legal.  

Fue el momento en el que se rescató del olvido el Tratado de 1870 y, un poco como último recurso, se recurrió individualmente a los Tribunales de Justicia para recurrir expedientes de expulsión y negación de permisos de trabajo. 

En la actualidad más de un centenar de sentencias favorables, cinco de ellas de Tribunales Superiores avalan el derecho de los uruguayos a ampararse en este Tratado. 

Por su parte los gobiernos Españoles, tanto el del Partido Popular como el del Partido Socialista han rechazado la vigencia del Tratado señalando que ha quedado anulado por los posteriores firmados por España con la Unión Europea. 

La misma Justicia española con sus sentencias establece lo contrario.  

Los convenios de los países integrantes de la UE dejan en claro que respetan los Tratados firmados anteriormente con terceros países, por los miembros. 

Desde el Congreso de España se instó a dilucidar el tema.  

En mayo se conformó por primera vez una Comisión de Alto Nivel. 

Sin justificación para continuar con sus trece, hace cinco meses  España aceptó la vigencia del Tratado pero a su vez ha dicho que acatará la resolución que adopte el Tribunal Supremo en relación a un recurso de casación pidiendo se expida sobre si esa aceptación puede o no perjudicar los intereses del país. 

*1 – Documentos bajados de la Web del Ministerio de Relaciones Exteriores del Uruguay.

Octubre 6 de 2006

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